Dra. [Nombre Apellido]Abogada en Córdoba · M.P. 1-00000

Registro de Poseedores (Ley 9150) en Córdoba: paso a paso

La Ley 9150 permite a quien posee un inmueble en Córdoba inscribir esa posesión en el Registro de Poseedores. Se presenta una declaración jurada ante el Juzgado de Paz con dos testigos, se publica un edicto, hay 60 días para oposiciones y se inscribe con un plano de mensura. El trámite está exento de tasas.

  • Publicada:18 de octubre de 2026
  • Actualizada:18 de octubre de 2026
  • Por:Dra. [Nombre Apellido], M.P. 1-00000

Preguntas frecuentes

¿Inscribir la posesión me convierte en dueño?

No por sí sola. Registra la posesión y ordena la situación del inmueble, pero la adquisición del dominio por usucapión es un proceso aparte. Se evalúa en la consulta.

¿Dónde se presenta la declaración jurada?

En el Juzgado de Paz, o en el organismo que determine la autoridad de aplicación, con dos testigos y firmas certificadas por autoridad notarial, judicial o policial.

¿Cuánto cuesta el trámite?

La norma exime de tasas, sellados y edictos. Aun así hay costos externos, como el plano de mensura del agrimensor, salvo que corresponda exención.

¿Qué pasa si el titular registral se opone?

Hay un plazo de 60 días para oponerse tras el edicto. Si hay oposición, se evalúa el caso y la vía judicial que corresponda.

¿Se puede hacer online?

No. El procedimiento descripto es presencial. La abogada puede asesorarte y organizar los papeles a distancia, pero la declaración jurada y los testigos son presenciales.

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¿Qué trámite se relaciona con esta guía?

Presencial

Registro de poseedores

Registro de Poseedores de Córdoba (Ley 9150): declaración jurada en el Juzgado de Paz, edicto, plano de mensura e inscripción. Trámite exento de tasas.

Duración:
Varios meses; depende de oposiciones y del plano
Parcial

Tracto abreviado

Tracto abreviado (art. 16 Ley 17.801): cuándo se puede escriturar sin inscribir antes la declaratoria de herederos y qué rol tienen abogada y escribano.

Duración:
Depende de la sucesión previa
Parcial

Bien de familia

Protegé tu vivienda única inscribiéndola como bien de familia en el Registro General de Córdoba: requisitos, CiDi y cuándo se puede hacer online.

Duración:
Pocos días a algunas semanas

Fuentes

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