Dra. [Nombre Apellido]Abogada en Córdoba · M.P. 1-00000

¿Cómo se hace una sucesión en Córdoba y cuánto demora?

La sucesión en Córdoba es el juicio que declara quiénes son los herederos y permite transferirles los bienes del fallecido. Se tramita con abogada en el SAC del Poder Judicial, con tasa de justicia del 2% sobre los bienes. Suele llevar entre 6 meses y 2 años, según la complejidad.

¿Querés vender los bienes de la sucesión? Los publicamos en nuestros clasificados, con la situación legal explicada para los compradores.

¿Cómo es el trámite paso a paso?

Son 5 etapas; en total suele llevar 6 meses a 2 años, según herederos y bienes. Cada una indica si se hace online o requiere presencia.

  1. Online

    Paso 1: Reunir documentación y definir la vía

    Revisamos partidas, títulos de propiedad y si hay testamento, y vemos si corresponde sucesión ab intestato o testamentaria.

    Días

  2. Online

    Paso 2: Iniciar el juicio sucesorio en el SAC

    Presentamos la demanda y la documentación de forma electrónica ante el juzgado competente en el último domicilio del causante.

    1 a 2 semanas

  3. Parcial

    Paso 3: Edictos y declaratoria de herederos

    Se publican los edictos, se espera el plazo legal y el juez dicta la declaratoria de herederos. Puede haber firmas o notificaciones presenciales.

    Varios meses

  4. Online

    Paso 4: Inventario, avalúo y pago de tasas

    Se informan los bienes, se abona la tasa de justicia y el aporte a la Caja de Abogados y se presenta la partición o adjudicación.

    Varias semanas

  5. Presencial

    Paso 5: Inscripción o escritura de los bienes

    Para transferir un inmueble, el escribano usa el oficio y testimonio judicial. Coordinamos con la escribanía y el Registro General.

    A coordinar

¿Qué se hace online y qué es presencial?

Gestión electrónica y a distancia, con algunos pasos presenciales.

Mayormente online

Gestión electrónica y a distancia, con algunos pasos presenciales

Casi todo a distancia, con algún paso presencial o a cargo de terceros.

Reunimos los documentos y presentamos los escritos de forma electrónica en el SAC del Poder Judicial, sin que tengas que ir a Tribunales. Quedan presenciales o a cargo de terceros las firmas que correspondan, la eventual audiencia y la escritura ante escribano para vender o transferir un inmueble.

Desde tu casa

  • Reunir documentación y definir la vía
  • Iniciar el juicio sucesorio en el SAC
  • Inventario, avalúo y pago de tasas

Con algún paso presencial

  • Edictos y declaratoria de herederos (parcial)
  • Inscripción o escritura de los bienes (presencial)

¿Cuánto cuesta?

Costos: Sucesiones
ConceptoMonto
Tasa de justiciaLo paga: cliente. Alícuota reducida de 3% a 2% para todo 2026 (Resolución 38 del Ministerio de Economía y Gestión Pública).2% del valor de los bienes (alícuota 2026)
Aporte Caja de AbogadosLo paga: cliente. Ley 9459 y modificatorias.1% del valor de los bienes
Edictos y certificadosLo paga: cliente. Informes de dominio, de última voluntad y otros certificados que pida el juzgado.Variable según cada caso
HonorariosLo paga: cliente. Se pactan a partir de los mínimos de la Ley 9459 y el Código Arancelario (reformado por la Ley 11.042).Se cotizan en la consulta

Datos al 18/10/2026. Las tasas y los valores del JUS cambian por resolución: confirmamos las cifras vigentes antes de iniciar. Podés estimar el total con la calculadora.

Valores de referencia al . El honorario final se pacta por escrito según tu caso.

Si vivís fuera de Córdoba, este trámite se puede hacer con un poder firmado en tu ciudad. Mirá cómo trabajamos a distancia.

¿Cuánto te costaría a vos?

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Total estimado (rango)

Ingresá el valor de los bienes para ver el rango.

Estimación orientativa, parámetros al 2026-10-18; el honorario final se acuerda en la consulta. La referencia de honorarios toma como base la escala del art. 58 de la Ley 9459 y no reemplaza el cálculo de un profesional.

Enviar este cálculo por WhatsApp

¿Qué documentos necesito?

Podés enviarlos escaneados o como foto legible por WhatsApp o email.

  • DNI de los herederos
  • Partida de defunción del causante
  • Partidas de nacimiento y de matrimonio que acrediten el vínculo
  • Testamento, si existe
  • Títulos de propiedad y datos del inmueble (número de cuenta de Rentas)
  • Datos de cuentas bancarias, vehículos y otros bienes
  • Último domicilio del fallecido

Preguntas frecuentes

¿La sucesión se puede hacer online?

En buena parte, sí: el SAC permite presentar escritos y consultar el expediente de forma electrónica, así que no hace falta que vayas a Tribunales para cada paso. Hay firmas, posibles audiencias y la escritura de los inmuebles que son presenciales. Por eso no la presentamos como 100% online.

¿Cuánto demora una sucesión en Córdoba?

Entre 6 meses y 2 años, según las fuentes de práctica local. Sin observaciones ni conflictos suele ir por el plazo más corto. Herederos a localizar, bienes en varias jurisdicciones o discusiones sobre valuaciones la alargan.

¿Cuánto cuesta una sucesión en Córdoba?

Los costos principales son la tasa de justicia (2% en 2026), el aporte a la Caja de Abogados (1%) y los honorarios, que se pactan en la consulta. Se suman edictos y certificados. Usá la calculadora para una estimación orientativa.

¿Qué diferencia hay entre declaratoria de herederos y adjudicación?

La declaratoria reconoce quiénes son los herederos. La adjudicación asigna a cada uno los bienes concretos. Para vender o inscribir un inmueble hace falta, además, la escritura ante escribano.

¿Qué pasa si hay testamento?

La sucesión sigue siendo judicial, pero se tramita como testamentaria: el juez verifica el testamento y respeta la porción que la ley reserva a los herederos forzosos. Llevá el original o una copia certificada.

¿Puedo hacerlo si vivo en otra provincia o en el exterior?

Sí. Si el último domicilio del fallecido estaba en Córdoba, el juicio tramita allí aunque los herederos vivan lejos. La documentación se envía digitalizada y el expediente es electrónico. Si hay que firmar, usamos un poder especial ante escribano de tu ciudad o consulado, con apostilla si es del exterior.

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